El Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica con residencia en la Ciudad de México (CDMX), Juan Pablo Gómez Fierro, otorgó 5 nuevas suspensiones provisionales contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut).
Con esto suman
seis las medidas cautelares generadas a particulares que promovieron amparos
contra el Padrón, que entró en vigor el sábado 17 de abril, con las cuales
“únicamente” los beneficiarios que realizaron el amparo no tendrán que
registrar sus líneas en el PANAUT y no tendrán las consecuencias que vienen con
la falta de ello, como lo es la cancelación de dicho servicio.
El Juez Gómez
Fierro argumentó en su resolutivo que la entrega de datos “podría no ser idónea
ni proporcional, ya que no se advierte una relación directa o causal entre la
existencia de ese padrón y una mejor investigación y persecución de los
delitos”, al considerar que podría vulnerar los derechos humanos de los
usuarios.
Además, el Juez
Segundo de Distrito declaró que “No se aprecia cómo es que la entrega de esos
datos personales, como excepción al principio de su protección, podría influir
de manera positiva en las actividades de seguridad pública que el Estado está
obligado a desplegar e, incluso, no se entiende en qué medida se podría ver
favorecida la investigación y persecución del delito, pues la entrega de aquellos
datos personales no constituye una condición necesaria para que las instancias
respectivas investiguen más o mejor. No debe olvidarse que, en las actividades
relacionadas con la seguridad pública, el Estado debe respetar los derechos
humanos”.
Al hacer referencia
a su resolutivo con el Artículo 6 de la Constitución, Gómez Fierro refrendó que
si a los usuarios “que no registren su línea telefónica móvil en el PANAUT
(proporcionando sus datos personales y biométricos) se les cancelara, es
indudable que la norma reclamada incide en otros derechos, ya que su
incumplimiento influiría en el derecho de acceso a las tecnologías de la
información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y
telecomunicaciones”.
Cabe recordar
que, de la información revelada en la publicación de la reforma, el Padrón
obligará a los 122 millones de usuarios de telefonía móvil a registrar su
información en el PANAUT o cancelarán su línea y serán acreedores de una
multa.
Algunos abogados
a través de redes sociales o videoconferencias se encuentran trabajando para
hacer llegar a la población el formato oficial para poder promover los recursos
de amparo contra el PANAUT.
Por: Publio Romero.
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